¿Qué se considera accidente de trabajo?
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Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que una persona trabajadora sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
- Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:
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Los que sufra la persona trabajadora al ir o al volver del lugar de trabajo.
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Los que sufra la persona trabajadora con ocasión o como consecuencia
del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los
ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones
propias de dichos cargos.
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Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun
siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute la persona
trabajadora en cumplimiento de las órdenes del empresario o empresaria o
bien espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
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Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
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Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que
contraiga la persona trabajadora con motivo de la realización de su
trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa
exclusiva la ejecución del mismo.
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Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por la
persona trabajadora, que se agraven como consecuencia de la lesión
constitutiva del accidente.
- Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el o la paciente para su curación.
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PDF ¿Qué es un Accidente de Trabajo?
PDF Accidentes de Trabajo -
Los que sufra la persona trabajadora al ir o al volver del lugar de trabajo.
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